ARRAIGO Y CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES
Sobre Este Trámite
Autorización de residencia que permite a personas extranjeras regularizar su situación en España cuando acreditan un tiempo de permanencia en el país y determinados vínculos personales, laborales o formativos.
¿Quién Puede Solicitarla?
Personas que han permanecido en España un mínimo de 2 años en situación irregular.
Han permanecido en España 2 años en situación irregular
Pueden acreditar vínculos familiares, sociales, laborales o de formación
Cumplen las Condiciones previstas para la modalidad de arraigo
Tipos de Arraigo
La normativa contempla distintas formas de arraigo. Identificar correctamente la modalidad aplicable es fundamental para preparar una solicitud adecuada.
Arraigo Social
Para quienes han permanecido en España el tiempo requerido y acreditan integración mediante vínculos, informe social y una oferta de empleo o medios de vida.
Arraigo Sociolaboral
Dirigido a personas que pueden demostrar permanencia en España y la existencia de una relación laboral acreditada.
Arraigo Formativo
Permite obtener residencia al comprometerse a realizar una formación reglada en España.
Arraigo Familiar
Aplicable a familiares de ciudadanos españoles en los supuestos previstos por la normativa.
Procedimiento de la Solicitud
01.
Estudio del Caso y Modalidad Aplicable
Se analiza la situación personal para determinar el tipo de arraigo más adecuado y verificar que se cumplen los requisitos.
02.
Preparación de la Documentación
Se reúne la documentación que acredita permanencia en España, vínculos y demás condiciones exigidas.
03.
Presentación de la Solicitud
Se tramita la solicitud ante la administración competente, iniciando el procedimiento de regularización.
04.
Resolución y Obtención de la Tarjeta de Residencia
Una vez concedida, se solicita la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) que formaliza la residencia legal en España.
